miércoles, 23 de enero de 2013

La historia prohibida


"La historia de la literatura política española se inicia en forma negativa, como reacción contra el maquiavelismo y los polítícos. Sus primeros tratados -primeros no sólo en el tiempo, sino también en calidad- están orientados polémicamente a combatir las tesis politicistas de la Edad Moderna; son doctrinales del Estado y del gobierno; pero, lejos de fundamentar una ciencia política, niegan por la base incluso su legitimidad. Fieles a los principios culturales del orden cristiano, rechazan la idea de que la política pueda sustantivarse e independizarse como una esfera propia, regida por sus propias leyes, y se esfuerzan por reducirla al lugar subordinado que le corresponde dentro de la concepción católica del mundo" (Francisco Ayala)
A diferencia de las Lettres persannes de Montesquieu, las Cartas marruecas de Cadalso evitan, según hace constar el autor al principio de su obra, dos temas fundamentales que no pudieron abordarse crítica y públicamente en España desde el siglo XVI: religión y política.
La expresión "ambas Majestades', pasó a significar en español «Dios y el Rey». A tal punto había llegado la identificación de lo político y lo religioso. Y aunque los poderes representativos de uno y otro orden no siempre anduvieron en completa armonía, no por eso dejaron de prestarse mutua ayuda. Los Índices inquisitoriales tachan y corrigen con tanto o más rigor que los errores teológicos todo cuanto podía redundar en menoscabo de la autoridad civil establecida. De ahí la frecuencia de obras jurídicas, políticas e históricas, que ocupan cada vez mayor espacio.
Por lo que se refiere a los tratadistas políticos, ya en los primeros Índices se incluye a los «clásicos» del siglo XVI: Maquiavelo, totalmente prohibido; de Hugo Gracio sólo se permiten, expurgadas, sus obras poéticas; Bodino, Justo Lipsio y Alberico Gentili padecen expurgación.
Entre los autores españoles hay que destacar en primer término al más personal e independiente de sus historiadores: el Padre Juan de Mariana. Varias de sus obras fueron expurgadas; dos prohibidas: De mutatione monetae y De regimine Societatis. En este segundo y breve escrito Mariana hace una crítica de la organización de la Compañía de Jesús, a la que pertenecía. El primero, no mucho más largo, fue traducido por él mismo al castellano con el título de Tratado y discurso sobre la moneda de vellón que al presente se labra en Castilla, y de algunos desórdenes y abusos.
Mariana sienta el principio de que el rey no puede establecer impuestos ni alterar la moneda sin la voluntad del pueblo, y lo ilustra con ejemplos sacados de la historia de CastiIla y de otros países. Ante los abusos cometidos en su tiempo por el gobierno, creyó cumplir con su conciencia volviendo, como él dice, por la verdad, aunque otros callaran por miedo o ambición. «Bien veo que algunos me tendrán por atrevido, otros por inconsiderado, pues no advierto el riesgo que corro, y pues me atrevo a poner la lengua, persona tan particular y retirada, en lo que por juicio de hombres tan sabios y experimentados ha pasado; excusarme ha empero el buen celo de este cargo, y que no diré cosa alguna por mi parecer particular, antes, pues todo el reino clama y gime debajo la carga, viejos y mozos, ricos y pobres, doctos e ignorantes, no es maravilla si entre tantos alguno se atreve a avisar por escrito lo que anda por las plazas, y de que están llenos los rincones, los corrillos y calles.» Estas palabras llegaron indudablemente a los consejeros del rey, pero no a los que se quejaban en el reino por plazas y rincones. Hasta 1854 no vieron la luz pública en España (1).
El breve tratado sobre la Compañía de Jesús figura en los Índices como no impreso (2). La condena inquisitorial alcanzaba igualmente a la obra manuscrita. Así, por ejemplo, el Libro Verde, «manuscrito anónimo que trata de las calidades y limpieza de las casas y linajes de Aragón y otras partes», obra compuesta en 1507 por un asesor de la Inquisición aragonesa y publicada por primera vez en 1885 (3). En cambio, otro famoso manuscrito, el Tizón de la Nobleza, atribuido al arzobispo de Burgos don Francisco de Mendoza y Bobadilla con motivo de la contradicción que halló un sobrino suyo para alcanzar un hábito, y escrito también con el propósito de mostrar que ni la alta nobleza podía alardear de limpieza de sangre, no figura en los Índices, seguramente por haberlo prohibido una pragmática de 1623. El Tizón, aunque conocido por muchos en su forma manuscrita, no fue impreso hasta el siglo XIX, cuando habiendo desaparecido la obsesión de la pureza de sangre ya no era más que una curiosidad histórica (4).
En 1651 Scarron pudo escribir en Francia un violento panfleto contra Mazarino, recogido después en sucesivas ediciones de sus obras. En España hasta un papel manuscrito en verso sobre el duque de Osuna en Nápoles, obra de circunstancias y al parecer burlesca, se prohíbe con todo rigor desde el Índice de 1640 hasta el último de 1790.
Las Relaciones, de Antonio Pérez, el secretario de Felipe II que pudo escapar a Francia después de procesado por el asesinato de Escobedo, fueron archiconocidas en el extranjero desde su publicación a fines del siglo XVI. Prohibidas a partir de entonces en todos los Índices, no se imprimieron en España hasta 1849 (5).
[...]
Por Vicente Llorens
Universidad de Princeton (1978)

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