Asambleas representativas de los estamentos sociales, las Cortes fueron en los reinos peninsulares medievales, como en el resto del Occidente europeo, el resultado de la evolución económica, social, política y cultural que se produjo entre los siglos XI al XIII. Con el resurgir de la vida económica y la circulación mercantil, aumenta la población y mejoran sus condiciones de vida, y aparecen los Municipios como entidades con jurisdicción sobre los recintos urbanos y los grupos burgueses que los habitan. Esta restauración de la vida urbana, con fuerza económica y social, llevará a los reyes a considerar su intervención activa en política y a incluirla en las asambleas regias (Curias) que le servían de consejo y ayuda.
En el siglo XI, los ciudadanos formaban ya grupos caracterizados por una especial condición jurídico-social, por su estado, y en los siglos bajomedievales se integraron en la sociedad confundidos con el resto de la población que no era noble ni eclesiástica —labradores, villanos, etcétera—, pasando a formar parte de las «gentes del común» o del «estado llano». La participación de este estado popular en las juntas plenarias de la Curia del Rey convirtió tales reuniones, a partir del siglo XIII, en asambleas estamentales o Cortes integradas por los tres estados: nobles, clero y ciudadanos.
La cristalización e individualización de los distintos estados peninsulares surgidos de la Reconquista, con sus distintas bases sociales, económicas y políticas, conformará las diferencias entre las atribuciones y características de las Cortes de la Corona de Castilla, las de la Corona de Aragón —Cataluña, Aragón, Valencia— y las del Reino de Navarra y Portugal y explicará asimismo su distinta efectividad y pervivencia.
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